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GALICIA:AYUDAS a instalación de EERR térmicas en edificios no residenciales, establecimientos e infraestructuras públicas

Subvenciones correspondientes a la convocatoria 2023 del Programa de incentivos 2 del RD-1124/2021, vinculados a la realización de instalaciones de energías renovables térmicas en edificios no residenciales, establecimientos e infraestructuras del sector público en el marco del PRTR europeo

Finalidad 

Desarrollo de las energías renovables térmicas y reducción tanto de la demanda energética de los edificios e infraestructuras públicas como la dependencia de los combustibles fósiles. 

 

Características de las ayudas 

Régimen de concurrencia NO COMPETITIVA. 

 

Beneficiarios 

Administraciones locales y entidades tanto públicas como privadas sin ánimo de lucro, según lo previsto en el artículo 16 del Real Decreto 1124/2021, de 21 de diciembre de 2021 para el programa de incentivos 2. 

 

Proyectos subvencionables 

Se consideran actuaciones subvencionables todas aquellas actuaciones encaminadas a la implantación de nuevas instalaciones térmicas renovables, ampliaciones y sustituciones de sistemas de producción existentes que abastezcan cualquiera de las siguientes aplicaciones o un conjunto de ellas: 

 

Aplicaciones térmicas para producción de frío y/o calor en edificios no residenciales. 

Aplicaciones de baja, media y alta temperatura en establecimientos e infraestructuras del sector público. 

 

Las actuaciones subvencionables incluyen las tecnologías: solar térmica, biomasa, geotermia, hidrotermia, aerotermia y microrredes de distrito de calor y/o frío. 

 

En instalaciones de biomasa, se deberá lograr una reducción de las emisiones de gases de efecto invernadero de por lo menos un 80%. Para actuaciones de microrredes de distrito de calor y/o frío, la ayuda máxima a percibir se corresponderá con el primer MW de potencia de la instalación de producción y/o el primer MW de potencia en intercambio. 

 

Los aparatos de calefacción local incluidos en este programa deben disponer de la parte frontal cerrada. 

 

Para actuaciones que guarden relación con redes de calor y/o frío se podrán combinar dos o más tipologías en una sola solicitud. 

 

Todas las instalaciones, excepto la tipología de Biomasa aparatos de calefacción local, deberán contar con un sistema de monitorización de la energía térmica producida por la instalación objeto de subvención. 

 

Intensidades de la ayuda 

Será del 70% sobre el coste subvencionable para todas las actuaciones subvencionables, según lo establecido en el Anexo III del RD 1124/2021. 

 

Los costes subvencionables para cada actuación según el tipo de tecnología renovable serán los siguientes: 

 

 
 
 
 
 
 

ACTUACIONES SUBVENCIONABLES 

 
 
 
 
 

COSTE SUBVENCIONABLE UNITARIO MÁXIMO (€/kW) 

 
 
 
 
 

Instalaciones Geotérmicas o Hidrotérmicas 

 
 
 
 

2.000 € 

 
 
 
 
 

Instalaciones Aerotérmicas 

 
 
 
 

1.000 € 

 
 
 
 
 

Instalación Solar Térmica 

 
 
 
 

1.070 € 

 
 
 
 
 

Biomasa Cámara de Combustión 

 
 
 
 

100 € 

 
 
 
 
 

Calderas de biomasa y aparatos de calefacción local 

 
 
 
 

500 € 

 
 
 
 
 

Nuevas redes de tuberías de distribución y subestaciones de intercambio o ampliación de existentes 

 
 
 
 

450 € 

 

En municipios de Reto Demográfico, el porcentaje de ayuda aplicable sobre el coste subvencionable se incrementará un 5%. 

 

Dotación presupuestaria 

Dotación: 2.370.318,66  

 

Cuantía máxima plurianual (Sin IVA) 

 
 
 
 
 
 

Importe 2023 (€) 

 
 
 
 
 

Importe 2024 (€) 

 
 
 
 
 

Importe 2025 (€) 

 
 
 
 
 

TOTAL 

 
 
 
 
 

592.579,66 € 

 
 
 
 

1.540.707,00 € 

 
 
 
 

237.032,00 € 

 
 
 
 

2.370.318,66 € 

 

Cuantía máxima por tecnología (sin IVA): 

 
 
 
 
 
 

TECNOLOGÍA 

 
 
 
 
 

PRESUPUESTO (€)  

 
 
 
 
 

BIOMASA 

 
 
 
 

1.400.000,00 € 

 
 
 
 
 

GEOTERMIA, HIDROTÉRMIA, AEROTÉRMIA Y SOLAR TÉRMICA 

 
 
 
 

970.318,66 € 

 

Plazos 

Las solicitudes pueden presentarse desde el 14 de julio de 2023 hasta el 31 de diciembre de 2023 (hasta el 2 de enero de 2024 (por ser inhábil) 

 

+ información 

INEGA [Resumen – Documentos necesarios – Acceso a registro] 

Resolución convocatoria 5 de junio de 2023 

 

 

 

 

Asociación Española de la Biomasa