Subvenciones para el año 2024 a proyectos de energías renovables en Galicia
SUBVENCIONES PARA EL AÑO 2024 A PROYECTOS DE ENERGÍAS RENOVABLES DE USO TÉRMICO EN EL SECTOR RESIDENCIAL, EN AMBITOS NO URBANOS Y SELECCIÓN DE ENTIDADES COLABORADORAS
En régimen de concurrencia competitiva
Objeto
Apoyar proyectos promovidos por los particulares y sus agrupaciones y asociaciones con fines de ahorro energético y fomento del uso de las energías renovables. Los proyectos se limitarán a instalaciones para la generación de energía térmica mediante equipos que utilicen biomasa como combustible, y otra instalación de energías renovables que utilicen como fuente de energía la geotermia, hidrotermia, aerotermia o energía solar térmica.
Vigencia de la convocatoria
Desde el 10-02-2024 hasta el 30-09-2024.
Plazo de presentación de solicitudes:
Comenzará el 16-02-2024 a las 9.00 horas (Inicio del período subvencionable) y finalizará el 21-03-2024.
Requisitos técnicos de los proyectos que se subvencionan
Solo son subvencionables calderas de biomasa. No son subvencionables los aparatos de calefacción local (estufas) recogidos en el Reglamento Delegado (UE) 2015/1186
Las calderas de biomasa deberán de cumplir lo establecido en el Reglamento de Ecodeseño (UE) 2015/1189 de la Comisión Europea, y tener una calificación energética en modo calefacción igual o superior a C.
Se subvencionarán las siguientes tipologías de calderas de biomasa:
Tipología B1: calderas que utilicen leña.
Tipología B2: calderas de alimentación automática de pellets o astillas con volumen de acumulación de combustible inferior a 3.000 litros.
Tipología B3: calderas de alimentación automática de pellets o astillas con volumen de acumulación de combustible mayor o igual a 3.000 litros.
En caso de los combustibles de biomasa, se deberán cumplir los criterios de sostenibilidad y de reducción de emisiones de los gases de efecto invernadero da Directiva (UE) 2018/2001, relativa al fomento del uso de energía procedente de fuentes renovables.
Cuantía de la ayuda
P: potencia nominal total del sistema de caldera/s (kW).
V: capacidad del sistema externo de acumulación de combustible (litros).
En caso de que la caldera incorpore un sistema de limpieza automática de intercambiador, el coste elegible máximo por potencia unitaria (sin IVA) podrá incrementarse en 50 € kW adicionales.
La cuantía de la ayuda será del 50 % de la inversión elegible de la instalación.
Adicionalmente, dependiendo de la tipología, se establece una ayuda máxima por vivienda:
Tipología |
Ayuda máxima por vivienda (€) |
Biomasa |
8.000 |
Geotermia |
10.000 |
Aerotermia y hidrotermia |
2.500 |
Solar térmica |
2.000 |
En proyectos multivivenda (comunidades de vecinos), la ayuda máxima por proyecto será de 40.000 €.
Presupuestos asignados
La distribución de los fondos según tipología de EE.RR.:
Tipología de proyectos |
Importe (€) |
Biomasa |
1.000.000 |
Aerotermia |
450.000 |
Geotermia y hidrotermia |
500.000 |
Solar térmica |
50.000 |
Total |
2.000.000 |
Forma y plazo de presentación de las solicitudes.
La entidad colaboradora tendrá que cubrir y confirmar el formulario de solicitud de ayuda que se presentará obligatoriamente por medios electrónicos
ADHESIÓN DE LAS ENTIDADES COLABORADORAS
El plazo de presentación de solicitudes de adhesión de las entidades colaboradoras comenzará a partir del 10-02-2024 y finalizará el 29 de febrero de 2024
+información
RESOLUCIÓN de 29 de enero de 2024
Comunicación con INEGA:
Teléfono 981 54 15 00