GALICIA Subvenciones Año 2024-2025 para proyectos de ahorro y eficiencia en empresas gallegas. Concurrencia no competitiva
El objeto de estas ayudas es contribuir al fomento de la eficiencia energética y de la reducción de las emisiones de gases de efecto invernadero.
Beneficiarios:
a) Las empresas legalmente constituidas y los empresarios autónomos que tengan domicilio social o algún centro de trabajo en Galicia.
b) Las empresas de servicios energéticos que gestionen total o parcialmente instalaciones consumidoras de energía y que el objeto de estos contratos sea la consecución de ahorro económico derivado de un menor consumo de energía.
Conceptos subvencionables:
Denominación de la línea |
Proyectos subvencionables |
PAPEME - Proyectos de ahorro y eficiencia energética en pymes |
0,3 kWh/€ de ahorro energético de energía final y de energía primaria por euro de inversión elegible |
PAGE - Proyectos de ahorro y eficiencia energética en grandes empresas |
0,4 kWh/€ de ahorro energético de energía final y de energía primaria por euro de inversión elegible |
PAE - Proyectos de ahorro y eficiencia energética en pymes o grandes empresas que reduzcan las emisiones de GEI en por lo menos un 30% |
0,3 kWh/€ de ahorro energético de energía final y de energía primaria por euro de inversión elegible y que además reduzcan por lo menos un 30% las emisiones de GEI |
PAP - Proyectos de ahorro y eficiencia energética en infraestructuras públicas |
0,4 kWh/€ de ahorro energético de energía final y de energía primaria por euro de inversión elegible |
La inversión mínima para que la actuación sea subvencionable debe ser de 15.000 €, salvo en el caso de proyectos de empresas con actividad de transformación y comercialización de productos de la pesca y de la acuicultura donde la inversión mínima para que la actuación sea subvencionable se establece en 200.000 euros en ambos casos IVA no incluido.
Presupuesto: 7.500.000 €.
Distribución por línea de ayuda |
Presupuesto 2024 ( €) |
Presupuesto 2025 ( €) |
Total ( €) |
PAPEME |
1.100.000 |
1.900.000 |
3.000.000 |
PAGE |
200.000 |
1.300.000 |
1.500.000 |
PAE |
70.000 |
1.430.000 |
1.500.000 |
PAP |
500.000 |
1.000.000 |
1.500.000 |
1.870.000 |
5.630.000 |
7.500.000 |
Cuantía máxima de la Ayuda:
a) Empresas con actividad de transformación y comercialización de productos de la pesca y de la acuicultura: 35% del coste subvencionable de la actuación para grandes empresas, del 45% para medianas y del 55% para pequeñas.
b) Solicitudes destinadas a medidas de eficiencia energética en edificios: La cuantía de la subvención será del 20% del coste subvencionable de la actuación para grandes empresas, del 30% para medianas y del 40% para pequeñas.
c) Solicitudes destinadas a medidas de eficiencia energética distintas de las de los edificios. La cuantía de la subvención será del 35% del coste subvencionable de la actuación para grandes empresas, del 45% para medianas y del 55% para pequeñas.
Para ayudas de más de 100.000 € se limita la ayuda según el ahorro energético justificado atendiendo a la siguiente tabla:
Tipología de beneficiario |
Ayuda máxima en función del ahorro energético |
Pequeña empresa |
- Si AEF < 80 MWh/año: AM=100.000 |
- Si AEF ≥ 80 MWh/año: AM=AEF x 1.250 |
|
Mediana empresa |
- Si AEF < 100 MWh/año: AM=100.000 |
- Si AEF ≥ 100 MWh/año: AM=AEF x 1.000 |
|
Gran empresa |
- Si AEF < 150 MWh/año: AM=100.000 |
- Si AEF ≥ 150 MWh/año: AM=AEF x 675 |
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Proyectos de ahorro y eficiencia energética en infraestructuras públicas (PAP) |
- Si AEF < 80 MWh/año: AM=100.000 |
- Si AEF ≥ 80 MWh/año: AM=AEF x 1.250 |
Donde:
AEF=Ahorro energético anual de energía final en MWh/año
AM=Ayuda máxima por expediente en función de la tipología de beneficiario y el ahorro energético en euros.
La ayuda máxima por expediente asciende a 1.000.000 € salvo en el caso de mínimis que está limitada a 300.000 €.
La ayuda máxima por empresa beneficiaria será de 2.000.000 euros.
El plazo de presentación de solicitudes de ayuda finalizará el 15 de septiembre de 2024 a las 23:59 h.
+información
INEGA: Explicación y tramitación.
Bases Reguladoras y Convocatoria: RESOLUCIÓN de 28 de junio de 2024