La Comisión Europea publica un paquete de simplificación del Reglamento europeo contra la deforestación

La Comisión Europea ha presentado nuevas medidas para facilitar la aplicación del Reglamento europeo contra la deforestación – EUDR. Bioenergy Europe, la patronal europea de la bioenergía, y AVEBIOM en España seguiremos el proceso de consulta para analizar su impacto en la bioenergía, especialmente en los restos y subproductos ya sujetos a criterios de sostenibilidad, trazabilidad y certificación bajo la Directiva de Energías Renovables.

El objetivo fundamental del paquete es facilitar la aplicación del EUDR por parte de empresas, operadores y autoridades competentes antes de su entrada en aplicación a finales de 2026.

El paquete incluye una actualización de las preguntas frecuentes y de los documentos de orientación, un informe dirigido al Parlamento Europeo y al Consejo, un proyecto de acto de ejecución sobre el sistema de información y un proyecto de acto delegado sobre el alcance de los productos afectados. Este último es una propuesta de la Comisión para introducir ajustes técnicos en el anexo I del Reglamento, sin reabrir el texto legislativo principal, y queda abierto a comentarios públicos durante cuatro semanas, con plazo previsto hasta el 1 de junio de 2026.

Según la Comisión, estas medidas buscan aclarar el funcionamiento del Reglamento, reducir cargas administrativas y facilitar una aplicación más proporcionada. No se plantea una reapertura del EUDR, sino realizar ajustes interpretativos y técnicos para preparar su entrada en aplicación a finales de 2026.

El proyecto de acto delegado introduce exenciones para determinados materiales, como productos usados o de segunda mano, muestras, productos destinados a ensayos y ciertos embalajes. También prevé ajustes específicos en varias cadenas de producto, entre ellos la exclusión de cueros y pieles de bovino, la inclusión del café soluble y la incorporación de algunos derivados del aceite de palma.

Implicaciones para la bioenergía

En el ámbito de la bioenergía, uno de los puntos que requiere mayor atención es si los restos y subproductos utilizados como materia prima energética quedarán sometidos a nuevas obligaciones bajo el EUDR, pese a estar ya regulados por la Directiva de Energías Renovables.

La propuesta publicada por la Comisión contempla algunas exenciones, pero no incorpora por ahora la solicitud planteada por Bioenergy Europe para excluir del ámbito del EUDR los restos y subproductos utilizados en bioenergía que ya están regulados por el marco de sostenibilidad de la REDIII.

La posición del sector europeo es que los restos y subproductos utilizados en bioenergía ya están sometidos, cuando corresponde, a criterios específicos de sostenibilidad, reducción de emisiones, trazabilidad y certificación bajo la normativa REDIII. Por ello, resulta importante evitar solapamientos que puedan generar cargas documentales duplicadas sin aportar una mejora ambiental proporcional.

En España, esta cuestión es especialmente relevante porque la bioenergía trabaja con una amplia variedad de flujos: restos forestales, restos agrícolas, subproductos agroindustriales y otros materiales procedentes de la gestión ordinaria de recursos locales. En muchos casos, estos materiales no proceden de una extracción adicional de materias primas, sino de la valorización de recursos existentes que, de otro modo, tendrían un aprovechamiento limitado o requerirían otra gestión.

Además, el marco español de regulación, planificación y control forestal permite que el esquema de certificación SURE considere a España un país de bajo riesgo en el aprovechamiento forestal, siempre que los operadores acrediten correctamente el origen, la trazabilidad y el cumplimiento de los requisitos aplicables. Este punto debería tenerse en cuenta en la coordinación práctica entre EUDR y RED.

La transposición y aplicación de RED III refuerza además las exigencias para los operadores del sector. La directiva amplía el ámbito de aplicación a más tipos de biomasa y nuevos actores de la cadena de suministro, exige demostrar criterios de sostenibilidad y reducción de emisiones, y refuerza la trazabilidad mediante sistemas reconocidos y datos verificables. En el caso de la biomasa sólida, se redujo el umbral de potencia de 20 MW a 7,5 MW para aplicar los criterios de sostenibilidad.

Desde AVEBIOM se considera necesario que la aplicación del EUDR se coordine adecuadamente con este marco normativo energético. La protección frente a la deforestación y la degradación forestal es un objetivo compartido, pero su desarrollo práctico debe distinguir entre materias primas con riesgo real de deforestación y restos o subproductos que ya están regulados por otros instrumentos europeos de sostenibilidad.

Más información

https://environment.ec.europa.eu/publications/report-european-parliament-and-council-simplification-review-eudr_en?prefLang=es&etrans=es

https://bioenergyeurope.org/20-associations-including-bioenergy-europe-call-for-urgent-simplification-of-eudr/

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