El sector de la generación eléctrica con biomasa quiere instalar 700 MW hasta 2025
Planificar la instalación de 700 MW nuevos de generación eléctrica con biomasa hasta 2025 cubriría las necesidades del sector, promovería el asentamiento distribuido de centrales de potencias medias cerca del recurso y crearía una gran cantidad de empleo
AVEBIOM presentó durante el periodo de alegaciones al borrador de la orden que regula el mecanismo de subasta de energías renovables para generación eléctrica y el calendario para el período 2020-2025 la propuesta de comenzar en 2020 con 200 MW para la biomasa y continuar hasta 2025 añadiendo 100 MW cada año para alcanzar un total de 700 MW en centrales de hasta 20 MW de potencia como máximo.
Este aumento de potencia y la limitación de tamaño de las centrales permitirían valorizar en torno a 7 millones de toneladas de biomasa cada año y consolidar una amplia red de suministradores que generaría una gran cantidad de empleo en zonas rurales.
Sin embargo, la orden recién aprobada elimina la cuota mínima de 80 MW inicialmente destinada para la biomasa en la subasta de 2020 y establece un calendario de subastas para esta tecnología cada 2 años acumulando los objetivos anuales con el argumento de que así se “facilita la viabilidad y participación de proyectos con una dimensión suficiente”.
Javier Díaz, presidente de AVEBIOM, cree que eliminar la subasta de 2020 ha sido una decisión extraña. “Haber subastado la potencia acumulada de los dos primeros años de inmediato, esto es 140 MW, limitando la concentración de la potencia en pocos proyectos, hubiera supuesto un alivio para las empresas con proyectos en zonas de gran densidad de biomasa.”
En 2020 se convocarán subastas para un mínimo de 3.000 MW, de los que al menos 2.000 MW se destinarán a energía eólica y fotovoltaica y los restantes 1.000 MW sin restricción tecnológica.
“Dejar 1.000 MW sin concretar tecnologías favorecerá la instalación masiva de fotovoltaica, sin duda”, asegura Javier Díaz.
“Además, permitir la presentación de proyectos de biomasa de gran potencia, como ya ha ocurrido en subastas anteriores, desvirtúa en gran medida las ventajas de la biomasa al concentrar en una sola planta un consumo enorme, del orden de 450.000 toneladas año de biomasa para una central de 50 MW, lo que obliga a suministros de biocombustible desde grandes distancias a la instalación”, concluye Díaz.
Por otra parte, la puesta en marcha de 700 MW nuevos posibilitaría un mayor uso de biomasas agrícolas, como las podas de viñedos, frutales, paja y otras agrobiomasas, lo cual encaja a la perfección con los postulados de la economía circular y aflojaría la presión sobre la biomasa forestal que, hoy en día, aporta más del 60% de los biocombustibles sólidos para generar energía eléctrica con biomasa.
La Orden TED/1161/2020, de 4 de diciembre, establece, entre otros, cómo debe ser el mecanismo de casación para asegurar la existencia de reservas mínimas de potencia; cómo garantizar la competencia en la subasta y las características que han de satisfacer las ofertas presentadas por los participantes en las subastas.
En las subastas sin tecnología específica se valorarán características técnicas, tamaño, niveles de gestionabilidad, criterios de localización, madurez tecnológica y aquellos otros que garanticen la transición hacia una economía descarbonizada. También se tendrán en cuenta las particularidades de las comunidades de energías renovables para que puedan competir en igualdad con otros participantes.
En el caso de las subastas específicas para biomasa, se ha de tener en cuenta que se podrían limitar los procedimientos de licitación para prevenir distorsiones en los mercados de materias primas.
Retribución económica
La retribución concreta de cada instalación se obtendrá a partir de su precio de adjudicación, de los parámetros retributivos de cada tecnología, de las características propias de cada instalación y de su participación en el mercado eléctrico.
El número de horas de operación de las instalaciones de biomasa debe situarse en un mínimo de 6.000 y un máximo de 8.000 h, según la actualización de parámetros retributivos establecida en la Orden TED/171/2020, de 24 de febrero.
El porcentaje de ajuste de mercado será de 0,25 para las tecnologías con capacidad de gestión de su nivel de producción, como la biomasa y el biogás, frente al 0,05 para las que no disponen de dicha capacidad. AVEBIOM cree que este valor penaliza excesivamente a estas tecnologías y solicitó en sus alegaciones que el valor de ajuste para biomasa y biogás fuera cero.